¿Sabías que Cuba es el único país de Occidente donde el uso privado de Internet está prohibido?
Cuba es uno de los pocos países que ha emitido leyes para restringir el acceso y uso del Internet privado, y probablemente el único en Occidente. En 1996 el régimen de los hermanos Castro aprobó el Decreto-Ley 209, conocido como “Acceso de la República de Cuba a Redes Informáticas de Alcance Global”, el cual establece que “Internet no puede ser utilizado en violación de los principios morales de la sociedad y de las leyes cubanas, y que los mensajes electrónicos no deben poner en peligro la seguridad nacional”. Esto, claro está, significa en la práctica que cualquier clase de disidencia o crítica contra el orden establecido, o contra los responsables de medio siglo de dictadura, está prohibido.
En 2007, la Resolución 127 sobre seguridad de las redes prohibió la diseminación de información por medio de redes públicas de trasmisión que esté en contra del “interés social, normas de buen comportamiento, integridad de la gente o seguridad nacional” (léase, otra vez, contra el orden totalitario establecido a la fuerza por el régimen). El decreto exige a los proveedores de acceso que instalen controles que permitan detectar y prevenir las actividades prohibidas y reportarlas a las autoridades respectivas.
La Resolución 56/1999 establece que todos los materiales destinados a publicación o diseminados en Internet deben ser primero aprobados por el Registro Nacional de Publicaciones en Serie. Y la Resolución 92/2003 prohíbe correos electrónicos y otros proveedores de servicios TICs que ofrezcan acceso a individuos que no estén aprobados por el gobierno y exige que sólo autoricen servicios de chat locales y no servicios internacionales. Estas dos últimas resoluciones prohíben, de facto, el uso privado de Internet.
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